Se ha identificado que varias de las necesidades de la población refugiada y migrante presente en Colombia guardan una estrecha relación con la garantía y protección de sus derechos humanos, los cuales en algunos casos resultan siendo objeto de desconocimiento y vulneración. Dichas necesidades están relacionadas, principalmente, con los siguientes temas:
Atención en Urgencias, acceso al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
En materia de salud es importante tener en cuenta la siguiente relación de jurisprudencia de la Corte Constitucional encaminada a la garantía de este derecho para personas migrantes venezolanas en situación migratoria regular o irregular.
Puedes acceder al contenido de las sentencias dando clic en los siguientes botones:
Persona migrante venezolana en estado de gestación:
Personas migrantes venezolanas diagnosticadas con cáncer:
Afiliación seguridad social de personas extranjeras en condición migratoria irregular:
Atención en Urgencias a población migrante:
Derecho a la salud para niños, niñas y adolescentes de nacionalidad extranjera:
Falta de recursos para costear los gastos de alojamiento, desalojos ilegales e ilícitos, falta de acceso a servicios públicos domiciliarios.
Falta de recursos para costear los gastos de alimentación propios y de quienes los acompañan, desnutrición, no cobertura o pésima calidad del agua potable y saneamiento.
Acceso al sistema educativo para menores y mayores de edad, dificultad para convalidar títulos académicos.
Falta de cumplimiento de requisitos para efectuar inscripción extemporánea en el registro civil de nacimiento, no aplicación adecuada de normas dispuestas para inscripción extemporánea en el registro civil de nacimiento.
No cumplimiento de requisitos para obtener una visa, desconocimiento del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), no renovación de documentos migratorios colombianos.
Falta de oportunidades laborales, no cumplimiento de requisitos para contratación legal, desconocimiento de derechos laborales de población migrante en condición migratoria regular e irregular.
El Estado colombiano tiene el deber de velar por el respeto de los derechos laborales de todos los y las trabajadoras, incluidos los de las personas migrantes en condición migratoria irregular, quienes a pesar de no contar con una autorización para trabajar en el territorio nacional, deben verse reconocido el derecho fundamental de la dignidad humana.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante Opinión Consultiva OC-18/03, “señaló que bajo ninguna circunstancia el estatus migratorio de una persona puede constituir una excusa para impedir el goce y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos, los de carácter laboral. Cuando el migrante asume una relación de trabajo, adquiere derechos por el hecho de ser trabajador, que, en todo caso, deben ser reconocidos y garantizados”.
Procesos Administrativos de Restablecimiento de Derechos (PARD), Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA).
Ahora bien, en cuanto a las necesidades y derechos que le asisten a las personas refugiadas y migrantes es pertinente señalar que se debe tener en cuenta las rutas de atención del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, respecto de niños , niñas y adolescentes en las cuales se encuentra la “Estrategia niñez migrante”, con el fin de plantear el mejoramiento de la protección integral de NNA venezolanos y colombianos, a través de 4 ejes fundamentales como lo son atención en emergencia, prevención, protección y familias y comunidades, desarrollando alianzas territoriales con sociedad civil, cooperación internacional y autoridades nacionales, departamentales y municipales para atención de la niñez migrante.
Se deben tener en cuenta las rutas de atención del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) respecto de niños, niñas y adolescentes.
Algunas de estas son:
En esta se desarrollan alianzas con la sociedad civil, cooperación internacional y autoridades nacionales, departamentales y municipales para atención de la niñez proveniente de Venezuela. Sobre esto se podrá encontrar más información en el Este link.
Ausencia de oficinas consulares de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia, dificultad para efectuar trámites en Colombia que requieren de procedimiento en Venezuela (legalización y apostillamiento, por ejemplo).
(custodia, alimentos, restitución Internacional de los niños, niñas y adolescentes).
Para poder identificar las necesidades de la población refugiada y migrante que se encuentra en Colombia, es importante realizar una caracterización de dicha población.
Una vez efectuada esta última, podrán tener lugar dos tipos de atención: